Revisión de extintores
Revisiones expertas, calidad asegurada
Mantenimiento Preventivo:
Se siguen las directrices marcadas por el REAL DECRETO 1942/1993, de 5 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios, así como la Normativa que pudiera existir en las diferentes Comunidades Autónomas y Ordenanzas Municipales de aquellos Ayuntamientos que lo tengan dispuesto. Dicho mantenimiento comprende:
OPERACIONES A REALIZAR
- Revisión de su soporte en parámetro vertical ( fijación).
- Revisión de su situación, señalización y accesibilidad.
- Revisión de coberturas y distancias entre aparatos, según la Normativa vigente.
- Revisión de la Idoneidad del agente extintor y sus eficacias según Norma UNE-23-110. .
- Revisión de las Instrucciones de uso.
- Inspección visual de pintura, focos de corrosión, golpes, etc.
- Inspección de su placa de timbrado ( o fecha en botellas ).
- Verificación del estado de carga ( peso y presión ) y en el caso de extintores de polvo con botellín de impulsión, estado del agente extintor.
- Comprobación de la presión de impulsión del agente extintor. Estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y parte mecánicas.
- Comprobación del precinto.
- Mantenimiento Correctivo.
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OPERACIONES A REALIZAR
- Colocación del soporte en parámetro vertical ( fijación), si fuera necesario
- Retimbrado de los medios portátiles de extinción que lo requieran de acuerdo con la ITC-MIE Ap. 5 del reglamento de aparatos a presión sobre extintores de incendios ( BOE, nº 149 de 23 de Junio de 1.982 ).
- Recarga y presurización de los extintores que por motivos de uso así lo requieran. En el caso de extintores de polvo con botellín de impulsión, reposición del agente propulsor.
- Reposición del precinto del medio portátil de extinción en caso de falta, previa comprobación de la carga y operatividad del mismo.
- Reposición de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y partes mecánicas, así como cualquier otro elemento o pequeño material propio del extintor, si fuera necesario.
- La empresa mantenedora se obliga a no dejar desprotegido el centro, siendo a su cargo dejar medios de sustitución suficientes hasta que los extintores removidos sean repuestos en su ubicación de origen.
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